Reglamento garantiza la intimidad y confidencialidad de refugiados y/o solicitantes de asilo involucrados en procesos judiciales |
El Consejo de la Judicatura, presidido por el doctor Wilman Terán Carrillo, trabaja para asegurar el cumplimiento de los derechos de los grupos que requieren atención prioritaria y un servicio de justicia especializado.
En este marco, a través de la Resolución 054-2023, el Pleno de la institución expidió el Reglamento para garantizar el derecho a la intimidad y confidencialidad de las personas refugiadas y/o solicitantes de asilo que son parte de procesos judiciales.
Con la aprobación del Reglamento, el Consejo de la Judicatura da cumplimiento a la Sentencia de la Corte Constitucional No. 983-18-JP/21, de 25 de agosto de 2021.
En la mencionada sentencia se dispuso que el Consejo de la Judicatura adapte los procedimientos de registro de actuaciones judiciales a los estándares convencionales y legales de protección de personas refugiadas, en particular, respecto de la confidencialidad de sus datos.
El Reglamento es de cumplimiento obligatorio para los servidores judiciales y con ella, se regula el ingreso, registro, manejo y gestión de la información de personas refugiadas y/o solicitantes de asilo. Su aplicación rige inclusive para las fases y etapas preprocesales de los procedimientos penales y no penales.
El documento incluye un glosario de términos relacionados con el estatus de refugio y asilo; así como lineamientos generales para mantener en el anonimato la información de las personas cuyos datos van a ser protegidos.
También incluye directrices para la generación de reportes trimestrales de aquellos procesos que serán ocultados del Módulo de Consulta de Causas.
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